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¿Cómo hacer una donación?


Necesitamos de tu ayuda para llevar a cabo los proyectos que esta entidad tiene en marcha y así poder llenar este baúl de cristal con proyectos y actuaciones para luchar contra esta patología.

Al colaborar con nosotros, contribuyes a devolver la calidad de vida a todos los pacientes y afectados de OI. Es por ello que pedimos vuestra colaboración.


¿Cómo lo podéis hacer?

Para realizar un donativo, puedes hacerlo a través de transferencia bancaria al siguiente número de cuenta de la entidad


Titular cuenta: Asociación Madrileña de Osteogénesis Imperfecta
Entidad bancaria: BBVA
Número de cuenta (I.B.A.N.)  ES54 0182 2651 5602 0150 1988


Después, por tu donación, elige un regalo de la lista que encontrarás en este mismo blog. Porque todas las donaciones tienen un regalo para tí!!


IMPORTANTE: Si deseas un documento acreditativo de la donación, deberás solicitarlo a la entidad aportando los siguientes datos en el correo que aparece:
Deberás mandar tu justificante de ingreso de la donación a info@amoimadrid.org con tu nombre y apellidos, razón social y NIF.

Como donante puedes deducirte un porcentaje de tu aportación económica a favor de ONG en el IRPF (Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas). Para ello, debes contar con un certificado que debe emitir y enviarte la ONG que haya recibido tu donación.
El importe de la deducción varía según el régimen fiscal al que esté sujeta la ONG con la que hayas colaborado.
  

Fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002 (entidades calificadas por la ley en su artículo 16 y disposiciones 5ª, 6ª, 7ª, 9ª y 10ª y los consorcios a que se refiere su artículo 27.2 segundo): deducción del 75% para los primeros 150 euros donados. A partir de ese importe, las donaciones serán deducibles al 30% o al 35% si se trata de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad por un importe igual o superior. Transitoriamente para 2015, estas deducciones serán del 50%, 27,5% y 32,5%. La deducción tiene un límite del 10% de la base liquidable del impuesto.

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